Al Concejo le corresponderá aprobar entre otras cosas: el presupuesto municipal, como así mismo los presupuestos de salud y educación. Además otorgar subvenciones y aportes. Otorgar, renovar y poner término a concesiones municipales. Dictar ordenanzas y reglamentos. Otorgar, renovar, caducar y trasladar patentes de alcoholes. En materia de fiscalización le corresponderá al Concejo verificar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal y la ejecución del presupuesto municipal. La fiscalización que le corresponde ejercer al Concejo comprenderá también la facultad de evaluar la gestión del Alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el Concejo, en el ejercicio de sus facultades propias.
Según la Ley orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695, el honorable concejo municipal deberá realizar a lo menos tres sesiones ordinarias o extraordinarias durante el mes.
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Calle Catedral N° 50, Pelarco, Región del Maule. Chile
LUNES a VIERNES
09:00 - 17:00